Implicaciones fiscales en Inversiones en Sociedades de Inversión Extranjera Pasiva (PFIC)

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Stephanie Uribe

Stephanie Uribe

International Tax Consultant

469.998.8492
suribe@freemanlaw.com

Ms. Uribe is an international tax consultant with more than a decade of professional experience in Mexican taxation and international tax advisory matters.  She maintains a particular focus on acquisitions (including due diligence), transfers, mergers, spin-offs, and various corporate reorganizations. She is experienced with cross-border transactions, including advising clients with respect to federal and state tax obligations in Mexico; the application of international tax treaties and the avoidance of double taxation, including permanent establishment status; complex international tax strategies; expatriate compensation plans; and tax audits.

Stephanie is certified to practice as an Enrolled Agent (“EA”) before the IRS in the U.S. As a certified EA, she brings a profound understanding of U.S. tax law, and with her background experience in other tax jurisdictions, she offers a fresh and innovative perspective on tax representation. Stephanie’s capabilities extend to efficiently handling audits, appeals, and tax collection disputes, as well as providing advice in tax planning and preparation in the U.S.

Stephanie received her law degree from the Facultad Libre de Derecho de Monterrey, in Monterrey, Mexico, where she graduated with honors, and holds a Master’s in Law in International Taxation from Vienna University of Economics and Business (WU), in Vienna, Austria. For her Master Thesis she published the Article “Taxation of Capital Gains: The Substantial Participation Clause in Article 13(5)” in Special Features of the UN Model Convention.

She is member of the International Fiscal Association and has participated as a speaker in several Mexican and international tax conferences. She holds a certification in Management (Harvard ManageMentor Program) from Harvard Business School.

En un mundo globalizado, las inversiones transfronterizas se han vuelto cada vez más comunes, pero también más complejas desde el punto de vista fiscal. Los contribuyentes de los Estados Unidos que invierten en empresas extranjeras pueden ser sujetos al régimen de las Sociedades de Inversión Extranjera Pasiva (por sus siglas en inglés “PFIC”), el cual está diseñado para prevenir el diferimiento indebido de impuestos sobre los ingresos generados por estas inversiones en el extranjero.

Este régimen fiscal, implementado para regular las inversiones en entidades que generan ingresos mayormente pasivos, ofrece diferentes métodos de declaración que influyen significativamente en la tributación de estos ingresos.

A través de este artículo, exploraremos de manera general las implicaciones fiscales de las inversiones en PFICs, incluyendo el régimen de distribución en exceso, el fondo de elección calificado (QEF), y el régimen de ajuste de mercado, proporcionando un entendimiento claro de cada opción y sus consecuencias fiscales.

En tal virtud, el régimen PFIC se activa cuando una proporción significativa de los ingresos o activos de la entidad extranjera es de naturaleza “pasiva”.

Los contribuyentes que invierten en PFIC tienen tres opciones principales para declarar que están en dicho régimen como se señala a continuación, bajo: (1) el régimen de distribución excesiva (o fondo de la sección 1291 del Código de Rentas Internas de los Estados Unidos, por sus siglas en inglés “IRC”); (2) el régimen del fondo de elección calificado (por sus siglas en inglés “QEF”); y (3) el régimen de ajuste de mercado.

El régimen PFIC, incorporado en 1986, tiene como objetivo principal el prevenir el diferimiento del pago de impuestos respecto de la obtención de ingresos pasivos a través de entidades extranjeras. Este régimen, junto con las disposiciones sobre ingresos de Sociedades Extranjeras Controladas (por sus siglas en inglés “CFC”) y subparte F, constituye uno de los mecanismos principales de anti diferimiento en el I.R.C.

¿Qué es una PFIC?

Una sociedad extranjera se considera una PFIC si cumple al menos una de las siguientes dos pruebas:

Los ingresos pasivos, con ciertas excepciones, incluyen cualquier ingreso que sería considerado como ingreso de una sociedad holding personal extranjera según la sección 954(c) del I.R.C. Los ingresos pasivos, incluyen, con ciertas excepciones, dividendos, intereses, rentas, regalías y ciertas ganancias de bienes inmuebles.

Distribuciones en exceso

Las “Distribuciones en exceso” de una PFIC están sujetas al régimen de la sección 1291 del I.R.C. Este régimen establece impuestos e intereses sobre las distribuciones que excedan el promedio de las distribuciones anuales en más del 125% durante los tres ejercicios fiscales anteriores (o el período de tenencia del accionista, si es más corto), como si hubieran estado sujetas a impuestos en años fiscales anteriores. Además, bajo este régimen, cualquier ganancia de la venta de acciones de la PFIC se trata como ingreso ordinario, incluso si se mantenían como activos de capital.

Lo anterior se calcula prorrateando el exceso de distribución a lo largo del período de tenencia de las acciones de la PFIC. El exceso asignado al año en curso se incluye en los ingresos ordinarios. El exceso aplicado a años anteriores se grava a la tasa marginal más alta aplicable en esos años, más intereses.

Cualquier parte de la distribución real que no sea considerada exceso se maneja como una distribución de la sección 301 del I.R.C. Además, bajo este régimen, cualquier ganancia de la venta de acciones de la PFIC se trata como ingreso ordinario, incluso si se mantenían como activos de capital.”

Fondo de Elección Calificado (“QEF”)

Alternativamente, los contribuyentes pueden optar por tratar a una PFIC como un QEF.

Al realizar una elección de QEF válida y oportuna, los contribuyentes deben tributar anualmente por los ingresos y las ganancias netas percibidas del PFIC, reportándolo en el formulario 8621, “Return by a Shareholder of a Passive Foreign Investment Company or Qualified Electing Fund”. Esta elección debe ser realizada por el primer contribuyente estadounidense en la cadena de propiedad.

Al elegir el tratamiento QEF, el accionista debe incluir en su renta actual su parte proporcional de los ingresos ordinarios y de las ganancias netas de la PFIC. Además, las ganancias derivadas de la venta de acciones de la PFIC bajo el tratamiento QEF se tratan según las normas ordinarias de ganancias de capital, lo cual puede ser más favorable fiscalmente.

Es importante que los contribuyentes estén atentos a los “FCR no protegidos”, que podrían estar sujetos al régimen de distribución en exceso. Es importante destacar que, bajo ciertas circunstancias, la clasificación de una entidad como PFIC puede eliminarse.

Régimen de valor de mercado 

Algunos accionistas pueden disponer de otro método para declarar las rentas procedentes de su participación en una PFIC con arreglo al artículo 1296 del I.R.C. Las disposiciones Mark-to-Market son aplicables para las acciones que se “negocian” regularmente en una “bolsa calificada u otro mercado”.

En virtud de la sección 1296(a) del I.R.C., una persona de los Estados Unidos que posea (o se considere que posee en virtud de la sección 1296(g)) del I.R.C. acciones negociables de una PFIC puede optar por incluir en la renta bruta el exceso del valor razonable de mercado de las acciones sobre la base ajustada de las acciones o, si la base ajustada supera el valor razonable de mercado de las acciones, deducir el menor de los excesos o las inclusiones no invertidas. En otras palabras, el accionista reconoce una renta o pérdida ordinaria sobre las acciones al final de cada año. Dicha renta ordinaria se mide por la diferencia entre la base de las acciones y su valor razonable de mercado.

Las inversiones en PFIC representan un desafío significativo y una oportunidad para los contribuyentes estadounidenses en el ámbito internacional. Entender profundamente las opciones de declaración —régimen de distribución excesiva, QEF, y el ajuste a mercado— es esencial para tomar decisiones informadas y optimizar la carga tributaria.

Cada opción ofrece un enfoque distinto para manejar las consecuencias fiscales de las inversiones pasivas extranjeras, y la elección adecuada depende de las circunstancias individuales del inversor y sus objetivos a largo plazo. Con la asesoría correcta y un entendimiento claro de las normas, los contribuyentes pueden gestionar efectivamente sus inversiones en PFIC para alinearlas con sus estrategias de inversión global y cumplimiento fiscal.

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